La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), habiendo tomado conocimiento de la existencia de universidades extranjeras que vienen operando en territorio nacional, sin contar con la autorización o licencia para funcionar en el país, pone en conocimiento de los estudiantes, padres de familia y la opinión pública lo siguiente:
1. La Ley Nº 30220 -Ley Universitaria, regula a las universidades bajo cualquier modalidad, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras que funcionen en el territorio nacional, siendo la SUNEDU la entidad competente para velar por el cumplimiento de la citada Ley.
2. En tal sentido, las universidades extranjeras que presten el servicio educativo universitario en el territorio nacional, con independencia del lugar en que emitan el grado o título, deben contar previamente con la autorización o licencia institucional correspondiente.
3. La SUNEDU exhorta a los estudiantes, padres de familia y público en general a verificar con la misma universidad extranjera que esta cuente con la autorización o licencia correspondiente.
Lima, 30 de setiembre del 2016