Estimado estudiante:
Estimado estudiante:
En Sunedu estamos comprometidos en brindarte toda la información necesaria para que tomes una adecuada decisión respecto a tu futuro profesional y continúes tus estudios universitarios.
Sabemos que al final de este proceso tendremos un sistema universitario ordenado que sea capaz de formar mejores profesionales. En este camino, nuestro esfuerzo siempre estará puesto en asegurar el derecho a una educación universitaria de calidad.
Asimismo, te informamos que como parte del cese de actividades, la universidad con licencia denegada te entregará un formato para que puedas elegir el mecanismo de continuación de estudios que decidas.
Es importante que llenes este documento porque nos permitirá hacer un seguimiento del cumplimiento de las obligaciones que la universidad mantiene contigo. Si posteriormente deseas cambiar tu mecanismo de continuación de estudios puedes comunicarlo a la universidad. Revisa el formato aquí.
Fecha declarada por la universidad para el cese definitivo: 15-09-2021
Universidad culminó con su proceso de cese de actividades de forma total y definitiva y, transfirió su acervo académico a la Sunedu
Conforme con lo dispuesto en el artículo 14 de los Lineamientos para el tratamiento del acervo académico de las personas con estudios en universidades y escuelas de posgrado que se encuentran en el proceso de cese de actividades o que hayan cesado sus actividades definitivamente aprobado por la Resolución del Consejo Directivo N° 004-2020-SUNEDU/CD, el titular puede solicitar a la Sunedu copias simples de los documentos integrantes del acervo académico durante el periodo que este se encuentre administrado por la Sunedu.
Si eres estudiante de la Universidad Privada Juan Pablo II, registra tus datos para poder enviarte toda la información sobre el proceso de cese de actividades de tu universidad.
Los datos personales que se proporcionen serán tratados conforme a la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento.
CONVENIOS EN BENEFICIO DE LOS ESTUDIANTES
Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad de San Martín de Porres y la Universidad Privada Juan Pablo II (14/02/2020)
La Universidad San Martín de Porres se compromete al reconocimiento de cursos y complementariamente exámenes de suficiencia que permitan reconocer y valorar los aprendizajes de los estudiantes de la Universidad Privada Juan Pablo II. La USMP también se compromete a establecer un único costo para los estudiantes de la UJPII en los procesos de reconocimiento y suficiencia descritos en el punto anterior y a otorgar una pensión equivalente a la última escala de pensiones de la carrera elegida en la USMP, consistente en 5 cuotas por semestre académico. (Leer convenio completo)
Convenio Interinstitucional entre la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. y la Universidad Privada Juan Pablo II S.A.C. (16/12/2019)
La Universidad Norbert Wiener cobrará como monto máximo por derechos educativos al inicio de los estudios en condición de Universidad Receptora en aplicación del siguiente Convenio, las tarifas señaladas en el presente documento. Las referidas tarifas se mantendrán para los alumnos hasta que estos finalicen la carrera en el tiempo regular de estudios. Asimismo, la Universidad Norbert Wiener se compromete a implementar exámenes de suficiencia, convalidación de cursos u otras modalidades que estime conveniente. (Leer convenio completo)
Convenio Interinstitucional entre la Universidad Científica del Sur y la Universidad Privada Juan Pablo II S.A.C. (03/12/2019)
La Universidad Científica del Sur cobrará como monto máximo por derechos educativos al inicio de los estudios las tarifas que se señalan en el presente convenio. Asimismo, implementará exámenes de suficiencia, convalidación de cursos u otras modalidades que estime conveniente, de acuerdo a Ley, su Estatuto y normas aplicables, en el proceso de incorporación de alumnos de la UJPII. (Leer convenio completo)
Convenio Interinstitucional entre la Universidad María Auxiliadora y la Universidad Privada Juan Pablo II (14/11/2019)
La Universidad María Auxiliadora se compromete a exonerar a los estudiantes procedentes de la Universidad Privada Juan Pablo II de cobro alguno por costo de traslado, convalidaciones y/o examen de suficiencia. La UMA también elaborará la programación de los exámenes de suficiencia y/o admisión y la tabla de equivalencia de los planes de estudios procedentes de la UJPII. (Leer convenio completo)
Convenio de Traslado o Reubicación de estudiantes entre la Universidad Privada Juan Pablo II S.A.C. y la Universidad César Vallejo S.A.C. (20/10/2019)
La Universidad César Vallejo se compromete a acoger, en calidad de universidad receptora, a los estudiantes provenientes de la UJPII previo cumplimiento de parte de éstos de los requerimientos académicos que se aprueben para tal efecto. Asimismo, la UCV se compromete a efectuar exámenes de admisión, de suficiencia, convalidación de cursos y otras modalidades que estime convenientes. (Leer convenio completo)
Si tienes alguna consulta adicional sobre el proceso de Cese de Actividades de las universidades que no obtengan la Licencia Institucional ingresa aquí.