- La casa de estudios con sede en Juliaca no pudo demostrar el cumplimiento de ninguna de las Condiciones Básicas de Calidad que exige la Ley Universitaria.
- A la fecha, la SUNEDU suma 91 licenciamientos y 45 denegatorias a universidades y escuelas de posgrado en todo el país.
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) denegó la solicitud de licenciamiento a la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez (UANCV) debido a que no pudo corroborar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) exigidas por la Ley Universitaria.
Tras la denegatoria, la universidad deberá cesar sus actividades en un plazo máximo de dos años, que empezará a contabilizarse a partir del próximo semestre académico, y queda impedida de recibir nuevos ingresantes, sin importar la modalidad de ingreso.
La Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez fue creada el 28 de diciembre de 1983, mediante la Ley N°23738, es de naturaleza asociativa y presta servicios educativos en Puno y Arequipa. Posee una comunidad estudiantil de 28 mil 790 estudiantes al semestre 2019-II.
La población estudiantil actual está distribuida en programas de pregrado como Derecho, con 15.2% de los estudiantes; Contabilidad, con el 10.8%; e Ingeniería Civil, con 10.5%. Es importante señalar que la UANCV, durante su procedimiento de licenciamiento, desistió de 88 programas académicos, 19 programas no regulares y 6 locales en 3 filiales en las provincias de Azángaro, El Collao y Melgar.
Entre las deficiencias que motivaron la denegatoria de licencia a la UANCV, encontramos las siguientes:
• Solo el 10% de los docentes de la casa de estudios realiza labores a tiempo completo, pese a que la Ley Universitaria exige un 25% como mínimo.
• Más del 25% de estudiantes son afectados por la falta de laboratorios, talleres, equipamiento y herramientas digitales. Por otra parte, los protocolos de seguridad no identifican ni valoran los peligros y riesgos adaptados al funcionamiento de las instalaciones, y tampoco se acreditó contar con una gestión de recursos presupuestales que permita la preservación y mantenimiento de estos.
• La universidad no cuenta con procedimientos específicos estandarizados para el ingreso a la carrera docente. Al respecto, se evidenció la incorporación de docentes mediante pacto colectivo sin considerar un proceso meritocrático y público, de acuerdo a lo estipulado en su propia normativa. Asimismo, no estableció criterios para el otorgamiento de capacitaciones.
• No define el perfil del docente investigador, lo que impacta en que el 71% de docentes declarados como que realizan investigación no dispongan de tiempo, experiencia y/o cuenten con un proyecto adjudicado que cumpla la normativa vinculada a la integridad científica.
• No se pudo corroborar que la adjudicación, seguimiento y monitoreo de los proyectos de investigación aseguren la integridad científica de los trabajos.
• No pudo acreditar el funcionamiento efectivo del Comité de Ética. Además, se constató la falta procedimientos específicos regulados que aseguren el cumplimiento de todos los principios éticos definidos por la universidad.
• La universidad no cumple con la regulación de sus procesos de admisión, toda vez que contraviene lo dispuesto por la Ley Universitaria y su propia normativa respecto a la asignación de vacantes. Asimismo, se identificó modalidades extraordinarias cuyos procesos no están regulados.
• La UANCV no cuenta con una planificación que permita el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la mejora de la calidad tanto en la sede como las filiales. Se encontraron inconsistencias en el diseño de sus instrumentos de planificación como la formulación de actividades, metas e indicadores. Asimismo, la universidad no contaba con personal en la oficina de calidad que cumpla con el perfil establecido para la ejecución de actividades.
• La universidad no pudo probar la titularidad sobre el local de la filial Arequipa, lo cual pone en riesgo la continuidad de las labores educativas que ahí se desarrollan.
• La UANCV no demostró contar con mecanismos efectivos que permitan la mejora de la inserción laboral de estudiantes, egresados y graduados, dado que no cuenta con ofertas laborales para el 70% de programas académicos en su Bolsa de Trabajo.
Antecedentes
La universidad fue sancionada por la SUNEDU con una multa ascendente a 31.61 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), debido a que no cumplió con presentar el Informe Anual de Reinversión de Excedentes en el ejercicio del año 2015 en el plazo establecido por la SUNEDU. Asimismo, la SUNEDU también identificó 18 locales que no contaban con autorización, cuya prestación se habría realizado durante la vigencia del Registro de Infracciones y Sanciones (RIS).
Finalmente, entre el 2016 y el 2019, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso 23 multas a la universidad por infracciones referidas a las normas de Protección al Consumidor, lo que implicó que se le sancione con 350.40 UIT.
Lima, 06 de marzo de 2020