- Solicitudes presentadas entre el 24 de diciembre de 2017 y el 25 de abril de 2018 fueron desestimadas ante la entrada en vigencia de la Nueva Ley de Moratoria.
- De acuerdo con la normativa vigente, las nuevas universidades deberán esperar dos años para presentar sus solicitudes de licenciamiento institucional.
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) ha declarado improcedentes 13 solicitudes de licenciamiento para nuevas universidades. Todos estos pedidos fueron presentados entre el 24 de diciembre de 2017 y el 25 de abril de 2018, es decir, el periodo comprendido entre el final de la moratoria para la creación de nuevas universidades dispuesta por la Ley N° 29971 y la entrada en vigencia de la Ley N° 30759, que establece una nueva moratoria de dos años.
La declaración de improcedencia de estas solicitudes responde a la prohibición para la creación y autorización de nuevas universidades, en el marco de la moratoria vigente, lo que imposibilita a la SUNEDU a continuar con la evaluación de estas solicitudes y autorizar su funcionamiento. Las nuevas universidades deberán esperar dos años –contados desde la entrada en vigencia de la ley de moratoria– para presentar sus solicitudes de licenciamiento institucional.
“Universidad” ilegal también intentó obtener licenciamiento
Una de las 13 solicitudes presentadas durante el periodo sin moratoria estaba relacionada con una razón social vinculada a la APC University Pontificia Universidad Católica Americana, una supuesta “casa de estudios” que ya había sido sancionada por ofrecer programas de pregrado y posgrado, así como convocar y realizar procesos de admisión, pese a no contar con autorización o licencia de la SUNEDU.
Al respecto, la Superintendencia aclara que, si bien se tratan de personas jurídicas distintas a la que ha presentado la solicitud de licenciamiento como universidad nueva, la denominada “American Pontifical Catholic University” suele utilizar distintas razones sociales, las mismas que ya han sido sancionadas por la SUNEDU.
Lista de universidades:
N° | PROYECTO DE CREACIÓN DE UNIVERSIDAD - DENOMINACIÓN | FECHA DE PRESENTACIÓN DE SLI | REGIÓN |
---|---|---|---|
1 | UNIVERSIDAD CIENTÍFICA DE LAS TRES AMÉRICAS S.A.C. | 29.12.2017 | PUNO |
2 | UNIVERSIDAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES | 09.01.2018 | TACNA |
3 | UNIVERSIDAD PERUANA DE RECURSOS NATURALES | 12.01.2018 | LIMA |
4 | APC UNIVERSITY PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA AMERICANA S.A.C.* | 15.01.2018 | AREQUIPA |
5 | UNIVERSIDAD PRIVADA LOUIS PASTEUR S.A.C. | 30.01.2018 | LA LIBERTAD |
6 | UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE TALENTOS S.A. | 30.01.2018 | LA LIBERTAD |
7 | UNIVERSIDAD CRISTIANA MUNDIAL EL EJERCITO DEL DIOS VIVIENTE | 16.02.2018 | LIMA |
8 | UNIVERSIDAD DE RIOJA | 21.02.2018 | RIOJA |
9 | UNIVERSIDAD PRIVADA SAN IGNACIO DE PEDRALBES | 23.02.2018 | SAN MARTÍN |
10 | UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA | 08.03.2018 | LIMA |
11 | UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.C. | 09.03.2018 | LIMA |
12 | UNIVERSIDADES DEL PERÚ S.A.C. | 21.03.2018 | LIMA |
13 | UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL SUR S.A.C. | 09.04.2018 | LIMA |
De interés:
- El 22 de diciembre de 2012 entró en vigencia la Ley N° 29971, ley que establecía la moratoria de creación de universidades y filiales públicas y privadas por un período de cinco años, con la finalidad de facilitar el ordenamiento del sistema educativo superior universitario. Esta norma estuvo vigente hasta el 24 de diciembre de 2017.
- Posteriormente, el 26 de abril de 2018, entró en vigencia la Nueva Ley De Moratoria que estableció una segunda moratoria de dos años para la creación y autorización de funcionamiento de nuevas universidades públicas y privadas. Asimismo, moratoria para la creación de filiales de universidades públicas y privadas.
- El período comprendido entre estas dos normas, y con ausencia de moratoria, se extendió entre el 24 de diciembre de 2017 y el 25 de abril de 2018.
- El artículo 26 de la Ley Universitaria, establece que para la creación de universidades públicas, éstas deben contar con opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas para su aprobación. El artículo 27 de esta misma Ley, determina que para la creación de una institución universitaria se debe vincular la oferta educativa propuesta a la demanda laboral y demostrar la sostenibilidad de la futura casa de estudios.
- La Ley Universitaria contempla que los requisitos antes señalados deban ser verificados en el procedimiento de licenciamiento de las universidades, conjuntamente con las Condiciones Básicas de Calidad.
Lima, 12 de julio del 2018