La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) informa a la opinión pública lo siguiente:
- El Decreto Legislativo N.° 1512 establece que las universidades con programas de formación de segunda especialidad en Medicina Humana deberán adoptar las medidas necesarias para dar por concluida, de manera anticipada, la formación de los médicos residentes que cursan el último año en las especialidades o subespecialidades relacionadas a la atención de la pandemia Covid-19.
- El Decreto Legislativo N.° 1512 no faculta a la SUNEDU para emitir directivas o normas reglamentarias para tal fin, pero sí indica que las universidades deberán efectuar las coordinaciones necesarias con el Ministerio de Salud, como ente rector del Sistema Nacional del Residentado Médico (SINAREME) y del Consejo Nacional del Residentado Médico (CONAREME).
- El resultado de estas coordinaciones permitirá que SUNEDU pueda ejecutar, de manera ágil y con carácter de urgencia, los trámites en el Registro Nacional de Grados y Títulos, como ya lo viene realizando durante toda la emergencia nacional, en la que registró 3109 grados y títulos de ciencias de la salud, de los cuales 1446 corresponden a médicos.
- Por otro lado, la SUNEDU informa que no autorizó a ninguna facultad de medicina el inicio o realización de prácticas de internado en modalidad virtual. Ello, por su naturaleza y debido a que ya se emitieron criterios en los que se advierte que no pueden llevarse a distancia asignaturas cuyas actividades académicas requieran de ambientes o instalaciones especializadas y que no puedan ser simuladas ni llevadas de forma remota.
- La SUNEDU efectuará las acciones respectivas a fin de que las universidades procedan a reprogramar dichas actividades o, caso contrario, realizará las acciones de supervisión de acuerdo a la normativa vigente.
Lima, 28 de mayo del 2020