Ver Reglamento de Infracciones y Sanciones
La aprobación del Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) permitirá de manera progresiva supervisar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad y la creación de un registro de infractores.
La titular de la Sunedu, Lorena Masías, destacó la reciente publicación del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones que establece disposiciones de carácter obligatorio, tanto para universidades públicas como privadas, dirigidas a desincentivar infracciones y asegurar el cumplimiento de la Ley Universitaria, a fin de mejorar la calidad en las aulas.
Sobre esto, la Superintendente destacó que esta herramienta busca el cumplimiento de la ley en beneficio de más de un millón de universitarios que requieren una educación de calidad, por lo que convocó a todas las universidades a colaborar y respetar la Ley Universitaria.
La funcionaria precisó además que “el reglamento tiene un espíritu eminentemente disuasivo y no busca perjudicar a las instituciones o a los alumnos, ya que contempla sanciones razonables y proporcionales a la falta cometida, respetando el principio de legalidad y el derecho al debido procedimiento. Incluso, observada la falta, no habrá sanción si la Universidad revierte la conducta y cumple con las disposiciones de la Ley Universitaria, siempre que se trate de una infracción leve y no haya afectación a la comunidad universitaria” explicó.
En este sentido, la Sunedu ha realizado campañas intensivas para promover el cumplimiento de la Ley Universitaria y dar a conocer las Condiciones Básicas de Calidad que deben adoptar las universidades. Esta labor se seguirá impulsando a fin de incrementar el número de casas de estudios adecuadas a la Ley Universitaria.
El RIS será de implementación progresiva, cuando se trate de universidades en proceso de licenciamiento, y de carácter inmediato cuando evalúe aspectos de adecuación de gobierno como elección de autoridades.
El documento publicado en El Peruano establece 105 infracciones divididas en 16 grupos y clasificadas como leves, graves y muy graves. No obstante, de las sanciones que disponga el Consejo Directivo, se podrá optar por otras medidas administrativas, preventivas, cautelares o correctivas que buscan reparar y corregir la infracción.
El reglamento considera como faltas muy graves no respetar la Ley Universitaria para el proceso de elección del rector, vicerrectores y decanos, o reelegirlos;
otorgar grados académicos sin observar los requisitos necesarios; como por ejemplo, el grado de bachiller sin que el estudiante haya aprobado, pertenezca a otra universidad u otorgar el grado de maestro sin requerir el grado de bachiller, entre otros casos.
Entre las faltas graves encontramos el otorgar remuneraciones o pagos a los miembros de los órganos de gobierno de las universidades, por ejemplo, por participar de las sesiones de asamblea universitaria; reformar el estatuto de la universidad sin respetar la Ley Universitaria y no remitirlo a la Sunedu, así como no implementar instalaciones o mobiliario accesibles para personas con discapacidad.
De este modo, la Sunedu protege el derecho de todos los jóvenes peruanos, sin importar su condición socioeconómica o de vulnerabilidad, a acceder a una educación superior universitaria de calidad; con una supervisión constante y que les permita seguir aportando al desarrollo del país.
Lima, 22 de diciembre del 2015
Oficina de Comunicaciones