Ante las consultas realizadas por algunos ciudadanos, la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU informa lo siguiente:
- Los grados académicos de doctor, maestro o bachiller son otorgados por la universidad en nombre de la Nación y, desde su expedición, sus titulares son reconocidos como tales y tienen los derechos que les reconocen las leyes.
- La inscripción de los grados y títulos en el Registro Nacional administrado por Sunedu es declarativo y no constitutivo. La ausencia de información en el mismo no implica su inexistencia y puede corroborarse en la propia universidad.
- Los requisitos para ocupar cargos públicos se rigen por lo dispuesto en las normativas que los regulan. Cuando dicho requisito sea contar con un grado académico, basta con el grado conferido por la universidad.
- Según el artículo 12° del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, la responsabilidad de solicitar la inscripción en el registro es de la universidad y no de los ciudadanos, pudiendo ser regularizado por esta con posterioridad a la fecha de su expedición.
- El plazo de inscripción de los grados solicitados es hasta 7 días hábiles como máximo, pudiendo este realizarse antes, en cumplimiento por lo dispuesto en el citado artículo.
Lima, 08 de marzo del 2018