Toda universidad privada es creada a iniciativa de una promotora autorizada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Se entiende por “promotora” a toda persona jurídica nacional o extranjera que tiene como único objeto o fin social constituir una universidad privada como una sociedad o una asociación.
El 19 de diciembre de 2024, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 0037-2024-SUNEDU-CD, se aprobó el Reglamento para la autorización de inicio de actividades de las promotoras de universidades privadas con el objetivo de establecer el procedimiento para la autorización del inicio de actividades de la promotora de una universidad privada en el territorio peruano.