Los programas de bachillerato para adultos que trabajan, con una duración menor a 5 años, se adecuarán a la Ley Universitaria N°30220. Esta medida se realiza con la finalidad de salvaguardar los intereses de los estudiantes.
Actualmente, varias casas de estudio vienen adecuándose para que estos programas cumplan con los requisitos de Ley (con un mínimo de 200 créditos académicos, realizados en un máximo de dos semestres académicos regulares por año y con una duración mínima de 5 años), junto a otros aspectos complementarios.
Se reitera para aquellas universidades que sigan ofreciendo programas de bachillerato que no se adecúen a la Ley, la SUNEDU, además de activar los mecanismos incluidos en su Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS), coordinará con Indecopi para evitar que se ofrezcan servicios inadecuados para los estudiantes.
Para finalizar, la SUNEDU no registra grados de bachiller de los programas que no se hayan adecuado, salvo aquellos que empezaron antes de la entrada en vigencia del RIS (21 de diciembre de 2015).
Lima, 4 de noviembre de 2016.